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sábado, 18 de febrero de 2017

Archivos XI Encuentro de la Jurisdicción Constitucional

El Derecho Constitucional, un area de gran importancia para el mundo del derecho, es de las que tiene mas movimiento dentro de la creacion cientifica e investigativa.

Asi, teniendo en cuenta su importancia, el pasado 28 y 29 de septiembre, se celebro el XI Encuentro de la jurisdicción constitucional en la ciudad de Bogotá.

En este evento, se trataron temas como la el plebiscito por la paz, la justicia transicional, la eutanasia, el derecho a la salud, entre otros temas relacionados con el Derecho Constitucional.

De este modo, la Corte Constitucional hizo publicos los videos de las intervenciones dentro de este evento, los cuales pueden ver en orden a continuacion:

1. Plebiscito, Paz y Justicia Transicional:




2. El derecho a la impugnación de las sentencias condenatorias



3. El principio de laicidad en el ordenamiento Constitucional


4. El Derecho Fundamental a la salud


5. Constitución, familia, matrimonio e igualdad de derechos


6. Constitución, ambiente y democracia. Experiencias comparadas.


7. Minería y resistencia social


8. Derecho fundamental a morir dignamente


9. Derechos fundamentales, intimidad, orientación sexual e identidad de género


10.  Políticas Públicas, derechos sociales y democracia participativa





Para mas información, pueden revisar los siguientes enlaces:

Facebook Corte Constitucional
Canal YouTube Corte Constitucional
Anuncio de Ambito Juridico
Noticia de Ambito Juridico
Invitacion Evento Corte Constitucional


Gracias por su atencion

Ultima Jurisprudencia Corte Suprema de Justicia (18/02/17)

La Corte Suprema de Justicia, la mas alta corte de la Jurisdiccion Ordinaria, continuamente va revisando casos, mediante los cuales van reiterando pronunciamientos, aclarando aspectos juridicos o modificando y subsanando vacios legales.

De este modo, les traigo el ultimo boletin jurisprudencial de las salas penal, civil y laboral de la Corte Suprema de Justicia. Estos fueron expedidos el 10 de febrero de 2017, 02 de febrero y 09 de febrero respectivamente.


Los anteriores documentos pueden ser visualizados y descargados en los siguientes enlaces dándoles click.

- Sala Penal
- Sala Civil
- Sala Laboral

Se estarán publicando nuevos boletines conforme vayan apareciendo.

Gracias por su atencion

viernes, 30 de diciembre de 2016

Reforma Tributaria - Ley 1819 de 2016

Buenas tardes

A continuacion podran ver y descargar la reforma tributaria para el año 2017, siendo esta la Ley 1819 de 29 de diciembre 2016.

 

El documento se encuentra en formato PDF y pesa 128 MBs . Por lo tanto, no se dejará para visualizar dentro del presente blog, y se dejará para su visualizacion y descarga aqui:
 CLICK AQUI



El documento es cortesía de Actualicese.com

Feliz Navidad y Feliz dia.

miércoles, 21 de diciembre de 2016

Regimen de Policia y Transporte



Buenas tardes!

Para su comodidad, les hago entrega de los siguientes documentos en materia del Regimen Nacional de  Policia y Transporte.

- Nuevo Codigo Nacional de Policia (Ley 1801 de 2016). Descarga: Click
- Codigo Nacional de Transito Terrestre ( Ley 769 de 2002). Descarga: Click

A continuacion pueden visualizar el Codigo Nacional de Policia:








Buen día!

Gaceta del Congreso (20/12/16)

Buenas tardes

Esta tarde, les presento el Gaceta del Congreso correspondiente al dia 20 de diciembre del 2016, en la cual se publica lo siguiente:


Proyectos de Acto Legislativo: 002 y 003 de 2016 (Camara).
Proyectos de Ley Organica: Proyecto de ley Organica 004 (Camara)
Ponencias: Proyecto de ley 094 de 2016 "prohibicion prueba de embarazo como requisito laboral".

Las anteriores pueden leerlas a continuacion:




 
Pueden visualizar y descargar directamente aqui: Click


Buen dia!  

miércoles, 6 de abril de 2016

Retroalimentando!

Buenas noches.

Esta noche, traigo a ustedes dos preguntas interesantes allegadas a nuestra bandeja de correo.


PRIMERA INQUIETUD


COLEGA 1: ¿entre el Art 237 y el 375 de la Constitución existe Antinomia? Yo pienso que si. pero es que quiere saber ¿qué opinas tú al respecto? Osea la verdad me parece que si hay antinomia. Leyendo el art 237 en el numeral 4 es que está el problema porque los demás no tiene nada que ver con lo que expone el art 375; que dice así:
Art 237 Son atribuciones del Consejo de Estado: 4 Preparar y presentar proyectos de actos reformatorios de la Constitución y proyectos de ley.



Derecho y Ley : Curiosamente no, Ya que se debe interpretarse ese artículo el 375 no es taxativo si no enunciativo Además en este sentido, no importa el orden de los artículos, o su ubicación dentro del texto constitucional, ambos hablan de una misma materia, sin anular la una de la otra. Yendo al término de antinomia, esta es una contradicción. Supondriase una antinomia, si en el 375 se expusiera que sólo los anteriores tendrían el derecho exclusivo, y cualquier otro no.podría.
En este caso al no negarse, claramente se nota una complementación. Ergo, se pueden tener en cuenta tanto los del 375 como el del 237-4 Si existe alguna duda, puede revisar la senténcia c-535 de 2012.


SEGUNDA INQUIETUD

COLEGA 2:  Porfavor me podrían dar un ejemplo en el que el juez declare a la persona inimputable. y las razones
 .
Derecho y Ley Colombia : El Código Penal colombiano define el concepto de inimputabilidad, en el artículo 33 así: Inimputabilidad. Es inimputable quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviere la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez psicológica, trastorno mental, diversidad sociocultural o estados similares. No será inimputable el agente que hubiere pre ordenado su trastorno mental. Bajo esta óptica, podemos declarar a un inimputable, a aquel que padece de desórdenes mentales lo suficientemente graves como para no discernir entre lo lícito e ilícito., y aquel que sufre de trastornos transitorios.

Ejemplos de su declaración, aquel que haya estado bajo hipnosis, miedo excesivo, Estados pasionales o emocionales como la ira e intenso dolor, la obcecación. Estas declaraciones del juez recaerían al momento de endilgar una responsabilidad. Pero si es la simple declaración para efectos a futuro, los trastornos mentales permanentes son la principal causa





Si tienen alguna sugerencia o comentario para estas inquietudes, favor dejarlas abajo en los comentarios, o en Facebook


Gracias por leer.Favor compartir a sus amigos y compañeros.

martes, 16 de febrero de 2016

Noticias a 16/02/2016


Buenos días.

La mañana de hoy les traigo algunas noticias dentro del ámbito jurídico colombiano:

- Al Utilizar citas jurisprudenciales inexactas o llegar a modificarlas para favorecer al cliente, hay constitución de falta disciplinaria.

En sentencia del Consejo Superior de la Judicatura en su Sala Disciplinaria, M.P. Julia Emma Garzon, Radicación 520011102000201101239 01 (9246-19), se resuelve recurso de apelación contra sentencia proferida por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del C.S. de la J de Nariño, en el cual se sanciona con suspensión a un profesional del derecho por conducta desleal en la sustentación del recurso de apelación, e inclusive, el aquo señala que este incurrió en mala fe por las actividades cometidas, es decir, las faltas endilgadas corresponden a los artículos 30 numeral 4 y 33 numeral 10 de la ley 1123 de 2007.

Bajo el cargo principal la sala considera:

En ese orden de ideas, es evidente para esta Sala que el jurista adicionó un subrogado penal al precedente de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, por tanto, no es de recibo para esta Superioridad el argumento defensivo del profesional del derecho, pues existieron pruebas irrefutables, con las cuales se determinó en grado de certeza su responsabilidad en el cargo endilgado en sede de instancia, pues como bien lo plasmó por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, el togado intentó “engañar” y desviar su criterio como Juez de segunda instancia.


- Se puede otorgar Prisión Domiciliaria por inasistencia alimentaria si los condenados cumplen obligaciones con los niños y niñas

Bajo este comunicado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia con fecha de 15 de febrero, se permite que los condenados por el delito de inasistencia alimentaria, obtengan el beneficio de la prisión domiciliaria. Al respecto la Corte establece lo siguiente

..En ese entendido –puntualiza la providencia– la prisión domiciliaria se ofrece como un mecanismo idóneo: con la emisión de la sentencia condenatoria se satisface automáticamente el fin de prevención general positiva, estabilizándose así la infracción de la norma y transmitiéndose la censura institucional a la conducta del condenado… La reparación de los perjuicios y el cumplimiento de la obligación alimentaria a futuro serán más difíciles de realizar si el sentenciado es enviado a prisión..

Además, establece los siguientes condicionamientos para que dicho beneficio sea otorgado: 
  • No cambiar de residencia, sin autorización previa del juez de ejecución de penas y medidas de seguridad.
  • Reparar dentro del término de seis meses los daños ocasionados con el delito. El pago de la indemnización habrá de asegurarse mediante caución en cuantía equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente. El condenado habrá de allegar la póliza correspondiente o el título de depósito judicial, cuya cuantía se fija tomando en cuenta las actividades que aquél particularmente realiza como enfermero, de las cuales deriva sus ingresos.
  • Comparecer personalmente ante la autoridad judicial que vigile el cumplimiento de la pena cuando fuere requerido para ello.
  • Permitir la entrada a la residencia de los servidores encargados de realizar la vigilancia del cumplimiento de la reclusión. Además, deberá cumplir las condiciones de seguridad contenidas en los reglamentos del Inpec para el cumplimiento de la prisión domiciliaria y las adicionales que impusiere el juez de ejecución de penas y medidas de seguridad.
Para mas información, pueden dar click a la siguiente imagen




Si desean conocer mas noticias, pueden encontrarlas en  Ambito Juridico de Legis, o via Legis al dia.

Muchas gracias


fuente: Legis al dia Edición 088




lunes, 15 de febrero de 2016

Concursos y/o Convocatorias recientes (15/02/16)

Buenas tardes

Luego de un largo receso, retorno informando de las ultimas convocatorias laborales ofertadas en la pagina NARIÑO.INFO  :



- OCHA: voluntariado para profesionales en diversas areas, incluido Derecho:

- Fundacion CINDE: vacantes de empleo para profesionales en diversas areas. informacion convocatorias@cinde.org.co  o dando click en la imagen




- Instituto Humboldt : Profesionales en Derecho y otras areas: informes en mivieira@humboldt.org.co. o dando click en la imagen:




- Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito UNODC: Profesionales en derecho y otras areas. Mas informes:




- Pasantia en la Comision Interamericana de Derechos Humanos para estudiantes. Informes:




Toda la información anteriormente entregada, es tomada del portal web nariño.info . 



Ademas, sugiero estar pendientes de las convocatorias ofertadas por la Comision Nacional del Servicio Civil. Actualmente no hay ninguna abierta, pero proximamente se abrirán las siguientes:


Próximas Convocatorias
  • 252 de 2013 - ACR (Reanudación)
  • 330 de 2015 - Consolidación Territorial (reanudacion)
  • Secretaría  de Educación de Bogotá, D.C. - Planta Administrativa
  • CNMH - Centro Nacional de Memoria Histórica
  • UPRA- Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios
  • Minagricultura - Ministerio  de Agricultura y Desarrollo Rural
  • ANLA - Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
  • Minambiente - Ministerio  de Ambiente y Desarrollo Sostenible
  • CCE - Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente
  • ICBF - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
  • Unidad Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres
  • Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas
  • Unidad Administrativa Especial para la Consolidación y la Reconstrucción Territorial
  • COLDEPORTES - Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre
  • INSOR - Instituto Nacional para Sordos
  • AGN - Archivo General de la Nación
  • Servicio Geológico
  • IGAC
  • DIAN
  • IDIPRON
  • Secretaría de Integración Social

fuente: Pagina de la CNSC 




Gracias por su atencion. compartan y sugieran a sus conocidos.




jueves, 26 de noviembre de 2015

(TRIBUTARIO) Calendario Tributario de 2016


Buenas noches

Como anuncio en el titulo, el Ministerio de Hacienda acaba de expedir el Calendario Tributario de 2016 para ser tenido en cuenta por los contribuyentes.  Para lo cual se ha establecido lo siguiente:


 " ..En el caso de los grandes contribuyentes los vencimientos para pagar la cuota inicial del impuesto de renta y complementario vence el 9 de febrero de 2016, la declaración y pago de la segunda cuota inicia vencimientos el 12 de abril de 2016 y la tercera cuota inicia vencimientos el 9 de junio de 2016. Aclarando que la declaración se podrá presentar desde el 8 de marzo de 2016 de conformidad con el artículo 11 del decreto.En el caso de las demás personas jurídicas los vencimientos de la declaración de renta y complementarios inician vencimientos el 12 de abril de 2016, y va de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT, entre tanto que la segunda cuota va en función de tan solo el último digito del NIT:
En el caso de impuesto a la riqueza y su complementario de normalización, la declaración y primera cuota inician vencimientos el 11 de mayo de 2016, y la segunda cuota  el 8 de septiembre de 2016.Finalmente un punto no menor, es el hecho de que la presentación de la declaración anual de activos poseídos en el exterior inicia vencimientos el 12 de abril de 2016, haciendo una separación entre grades contribuyentes y demás personas jurídicas, y en el caso de las personas naturales dichos vencimientos inician en el mes de agosto de 2016...."
Descarga del Decreto : CLICK

Fuente: Gerencie.com y Legis al dia


miércoles, 25 de noviembre de 2015

Buenas tardes

Vengo a informar la creación de una nueva seccion del blog, el cual se llama "Eventos Colombia 2016" .
En esta seccion, se iran publicando eventos en materia de Derecho que se realicen en Colombia para el año 2016, incluso Internacionales que sean organizados.

Se iran agregando conforme se vayan encontrando. Por eso se agradece compartir con sus amigos, colegas y allegados este blog, para ir ampliando, mejorando y conectando el Derecho en Colombia.

Buen dia