martes, 25 de abril de 2017

¿Que esperamos del Derecho en Colombia?



El ser humano, ha evolucionado a través de los tiempos en cada aspecto que podamos imaginar; y a su vez, el entorno ha ido moviendose conforme dicho ser humano actua. Es por esto que la regulacion de su comportamiento ha sido una matriz esencial para poder establecer parametros que permitan un orden social adecuado.

Por ende, el nacimiento del Derecho, y sus multiples cambios, han cambiado la forma en la cual vemos y nos movemos dentro del mundo.

Colombia no es la excepcion: Pasamos de directrices extranjeras, a crear nuestras constituciones, promulgar nuestras leyes, sancionar nuestras sentencias, y dirigir un estado desde el aspecto mas pequeño hasta el mas grande.

Es por esto que la petrificacion del Derecho no es pilar tacito de nuestro ordenamiento, toda vez que cada rato se van dictando nuevas directrices, se van estableciendo nuevos precedentes jurisprudenciales y se va evolucionando progresivamente conforme la sociedad va exigiendo.

Pero,¿ ha sido suficiente dicha evolución en Colombia?.

La respuesta es negativa. Colombia tiene una Constitucion del viejo siglo, que si bien se convirtio en una Constitucion muy garantista, realizo una debida division de poderes y fijacion de funciones y parametros en lo social, politico, organizacional y economico; esta constitución está llegando a chocar con las necesidades evolucionarias de los estados.

y eso solo hablando de nuestra constitucion. ya que si  nos extendemos por las demas ramas que Kelsen nos plantea, podemos ver normas vigentes extremadamente viejas, siendo uno de los ejemplos mas notorios el Codigo Civil (Ley 57 de 1887), que constantemente es modificado por el Legislador y las Cortes en aras de acoplar el mismo a la realidad.

No podemos ignorar, que existen muchos aspectos que han sido mejorados de forma notoria, sean estos la Contratacion Estatal, el Derecho Penal y el Derecho Administrativo. Pero  tambien no se ignora que muchas de estas nuevas directrices se han hecho de forma afanosa (Codigo Nacional de Policia - Reforma Tributaria para el 2017) , o respondiendo a afanes populistas (Feminicidio en la normatividad Penal), inclusive, obedeciendo a la voluntad de las mareas politicas de turno (Modificar la Constitucion para la Re-elección Presidencial).

Es por esto que nosotros, esperamos del Derecho en Colombia a un derecho que sea flexible, responda a las necesidades y no al clamor populista de un pueblo,  responda ante la humanidad, que prime la sustancia sobre la forma, que no sea afanosa, y que sea muy bien pensada y fundamentada.
Esperamos que las instituciones coadyuven a la creación del derecho, a su evolución, a su mejora constante. A una Constitución mejorada, a normas que se promulguen y se apliquen teniendo en cuenta la realidad social y económica del estado y a los lineamientos Internacionales Vinculantes (Sean Convencionales, por Soft Law, Hard Law, Ius Cogens, entre otros).

No podemos permitir tantos problemas juridicos en el ordenamiento; ya que, por ejemplo, cuando la Corte Constitucional exhorte al legislador a regular una norma que por su omision este vulnerando masivamente derechos fundamentales, podemos ver cierta usurpacion de poderes debido al ralentí  o inactividad del legislador, y por ende, el incremento de la inseguridad juridica y desconfianza de las instituciones, que a la luz del derecho constituye un grave desperfecto.

El Derecho regula todas los comportamientos sociales, por ende debe propender a que cada comportamiento regulado sea bien hecho, sea efectivo, y no tenga falencias formales y sustanciales.

Una buena organizacion estatal conlleva  un buen estado. Así que, menos creacion inutil y aplicacion ineficiente, y mas creacíon debida, evolucionada, eficiente y oportuna.

Muchas gracias.

@Derechoyleycolombia